Servicios ofrecido por la Junta Consultiva de Seguros
Articulo 255, Ley 146-02

1.- Asesorar o recomendar a la Superintendencia de Seguros en cualquier asunto que le someta a su consideracion.

2.- Estudiar la practica de las actividades aseguradora y procurar su coordinacion y mejoramiento.

3.- Estudiar las condiciones economicas del pais, en relacion con las actividades del seguro e informar a la Superintendencia de sus conclusiones y recomendaciones.

4.- Someter a la consideracion de la Superintendencia cualquier asunto relacionado con las actividades del seguro que considere de interes.

 
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nose Nuestros Servicios
Orlando Rodríguez, Presidente
Nuestros servicios son:
Asesorar o recomendar a la Superintendencia de Seguros en cualquier asunto que le someta a su consideracion

Estudiar la practica de las actividades aseguradora y procurar su coordinacion y mejoramiento.

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